La Agencia Tributaria reclama a Miguel Bosé 55.350 euros más otros 23.536 euros de sanción por deducirse indebidamente gastos de sus empresas que en realidad eran de carácter personal.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado un recurso de Miguel Bosé contra una multa de la Agencia Tributaria por deducirse indebidamente gastos de sus empresas que en realidad eran de carácter personal. El intérprete se dedujo el IVA a través de una de sus empresas, Costaguana, de gastos como la compra de jamones y embutidos, tratamientos de fisioterapia, su entrenador personal o reparaciones en el jardín de su vivienda.Además, Miguel Bosé se sirvió de la factura de los servicios de seguridad de un inmueble en Pozuelo de Alarcón para reducir su factura tributaria de manera indebida, según el criterio de la oficina técnica. Asimismo, la Agencia Tributaria no creyó deducibles las cuotas de renting de su vehículo, un Audi, ni las reparaciones de un Toyota y un Mercedes. Por tanto, Hacienda reclama a la empresa 55.350,53 euros más otros 23.536,87 euros de sanción, según la sentencia dictada el 3 de marzo por la Sala de lo Contencioso del TSJM.